El Tribunal Supremo ha determinado que están incluidos en la ley de amnistía los delitos de desórdenes públicos y atentado a la autoridad investigados en dos causas sentenciadas por tribunales de Catalunya que están recurridas en casación ante el Supremo. Pero como hizo él mismo con el delito de desobediencia, en dos autos de similar contenido, el tribunal acuerda además iniciar los trámites para plantear una cuestión de inconstitucionalidad contra la ley de amnistía al considerar que puede resultar discriminatoria por, entre otros motivos, vulnerar el derecho a la igualdad ante la Ley.

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